Merma por Humedad
Mercadería sujeta a limpieza y secada:
Circular CAC 10/86
Cuando se trate de mercadería sujeta a limpieza y secada, se descontará primero la merma producida por la limpieza; sobre el resultado obtenido se aplicará la merma correspondiente al secado y sobre esté ultimo se descontará la merma por manipuleo.
Las mermas están dadas por las tablas vigentes
Merma Volátil
ARTICULO 5°.- MERMAS (Resol. ex JNG N° 22027/81)
Las mermas que corresponda aplicar en los casos en que el lote entregado supone las tolerancias establecidas en los estándares y bases, serán calculadas de acuerdo a las reglamentaciones vigentes para cada grano.||
En aquellos casos en que de acuerdo al análisis de condición del grano al momento de la entrega corresponda la aplicación de mermas por más de un concepto, se descontarán aquéllas del peso neto resultante de la aplicación de la anterior, en el orden en que se realicen los respectivos servicios, dejando en todos los casos la merma volátil como última.
Los porcentajes máximos que podrán deducirse por éste último concepto serán los siguientes: trigo, avena, cebada, centeno, maíz: 0,3%, sorgo, soja, girasol, lino, colza: 0,5%.
Cálculo de merma por humedad:
(Hi - Hf)
% M = -------------- x 100
(100 - Hf)
% M : Porcentaje de merma
Hi : Humedad inicial
Hf : Humedad final